Segundo.ORDEN PRE/161/2026 de 20 febrero, por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en el Fondo de Cooperación Económica Local General para el año 2026.
Segundo.-
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La cuantía del Fondo de Cooperación Económica Local General que corresponde a cada uno de los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes en el ejercicio 2026, es la señalada en el Anexo I que se acompaña a la presente Orden, por un importe total de 13.264.082,11 euros.
De esta cantidad total, 12.841.529,97 euros corresponden a la cuantía resultante de la aplicación de los criterios de la ley 10/2014, de 22 de diciembre, y 422.552,14 euros corresponde a la cuantía complementaria transitoria del año 2026 en compensación por la pérdida de la dotación del Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León para el año 2026, derivada de la supresión del impuesto propio de la comunidad sobre la eliminación de residuos en vertederos y para mantener el impulso de la renovación y modernización de los servicios públicos locales.
Además, para cumplir lo dispuesto en la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, que prevé que las corporaciones locales no percibirán en la suma de las cuantías del fondo de financiación y del fondo cooperación económica local general una cuantía inferior a la del año 2014, es obligado incrementar la cuantía de este Fondo en 146.122,21 euros, a los municipios y por las cantidades individuales que se relacionan en el Anexo I-bis.
Por lo tanto, la cuantía total definitiva destinada a los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes en el ejercicio 2026 asciende a 13.410.204,32 euros.
La cantidad que perciban con esta resolución los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes del Fondo de Cooperación Económica Local General tendrá carácter incondicionado, y se podrá destinar libremente por cada entidad para financiar gastos por operaciones corrientes, de capital, o financieros.

