Articulo 2 Orientación Agraria

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Artículo 2. Finalidades de la política de desarrollo rural.

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La Administración de la Generalidad, en cooperación y colaboración con los agentes económicos y sociales, especialmente con las organizaciones profesionales agrarias más representativas y la representación del mundo cooperativo, ha de hacer políticas de desarrollo rural, que tiendan a:

a) Consolidar la agricultura, la ganadería, la producción forestal y la agroindustria como actividades económicas de referencia en el medio rural, con el fomento, cuando proceda, de otras actividades con carácter complementario, y hacerlas compatibles con el respeto de los valores naturales, la integridad del entorno y la protección de los animales, en los términos establecidos por la normativa vigente, y, en general, garantizar el bienestar de las personas que viven en el territorio y lo cuidan.

b) Potenciar las explotaciones agrarias directas, a las cuales, como modelo mayoritario, se ha de dar prioridad en la aplicación de las líneas de actuación que contiene la presente Ley, fomentando su concentración y su redimensionamiento, para dar lugar a unas estructuras económicamente viables, que permitan asumir inversiones a largo plazo y equiparar la renta agraria a la media de la renta procedente de otras actividades económicas. En este sentido, hay que impulsar el uso de las nuevas tecnologías y fomentar la empresa familiar agraria y, especialmente, la incorporación de los jóvenes y de las mujeres a las responsabilidades empresariales.

c) Promover la formación y la capacitación profesionales de las personas dedicadas a la agricultura, la ganadería y la explotación forestal, a fin de facilitar la introducción de nuevas tecnologías que permitan mejorar la calidad de los productos y la competitividad de las explotaciones agrarias, de manera sostenible, y fomentar la ocupación y la prevención de riesgos laborales, de acuerdo con las potencialidades de los distintos ámbitos territoriales.

d) Fomentar las actividades agrarias respetuosas con el medio, mediante el establecimiento de contratos entre la Administración agraria y las explotaciones, a fin de asegurar una gestión del territorio adecuada a las necesidades de la ciudadanía.

e) Promover el reconocimiento social y medioambiental de la actividad agraria y su carácter multifuncional, como productora de alimentos y de otros bienes, como elemento de equilibrio territorial, especialmente en las zonas de montaña y las zonas de influencia de presión urbanística, de preservación del paisaje y la biodiversidad, y como conservadora del medio rural y del patrimonio natural y cultural de Cataluña.

f) Promover las actuaciones necesarias para lograr un desarrollo equilibrado de todos los agentes de la producción y la transformación, y crear las condiciones para que las exigencias sociales de calidad y seguridad de los alimentos estén reflejadas en los procesos relacionados con su producción, generando una nueva cultura alimentaria. Además, ha de recoger las tradiciones y asegurar la trazabilidad de los productos agroalimentarios, para poder reproducir su historial en cualquier momento, a fin de localizar rápidamente el origen de los problemas que puedan surgir en la elaboración o la distribución y evitarlos en el futuro.

g) Promover la participación del sector agroalimentario, especialmente el cooperativo, en el crecimiento económico, consolidar su vocación exportadora con la potenciación del reconocimiento internacional de los productos, y favorecer su acceso a los mercados exteriores, sin descuidar la demanda interna.

h) Promover y consolidar el cooperativismo agrario, con el impulso de las cooperativas de segundo grado y las de transformación como la fórmula más extendida en Cataluña de sociedad participada por los mismos payeses y ganaderos.

i) Adaptar la estructura y el funcionamiento de la Administración agraria a fin de mejorar el servicio a las personas dedicadas a la agricultura, la ganadería y la explotación forestal, facilitar la participación de los agentes sociales y económicos en el diseño y la aplicación de la política agraria y potenciar los instrumentos de interlocución y concertación que permitan adecuar las propuestas de actuación a las necesidades del sector agrario.