Articulo 2 Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo
Artículo 2. Fines
Son fines de la presente ley
1. Promover e impulsar la participación de la ciudadanía y facilitar que pueda tener un papel protagonista en las políticas públicas y en la toma de decisiones.
2. Incorporar los conocimientos y experiencias de la ciudadanía en la elaboración de las políticas públicas y la evaluación de los resultados alcanzados.
3. Promover y hacer accesible la participación de todos los sectores de la población valenciana, con atención a los colectivos más vulnerables y especialmente de los niños, niñas y adolescentes mediante las necesarias adaptaciones.
4. Impulsar una cultura participativa y poner en marcha estrategias educativas para sensibilizar y formar en participación desde la infancia.
5. Acercar la acción de gobierno de las entidades públicas a la ciudadanía y establecer mecanismos de participación ciudadana a través de la escucha activa de la ciudadanía.
6. Establecer la obligatoriedad de los mecanismos de rendición de cuentas de la acción de gobierno y su control por parte de la ciudadanía.
7. Fortalecer la vertebración de la sociedad civil por medio de la promoción y fomento del asociacionismo.
8. Favorecer la cooperación y colaboración entre la administración de la Generalitat y la local en cuanto a la gestión y fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo.
9. Mejorar y fortalecer la comunicación entre la acción de gobierno y la ciudadanía.
10. Mejorar la eficacia en la acción política participativa.