Articulo 2 Permisos -nov. 2019- a empleados públicos que presenten su candidatura en las elecciones
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La solicitud de este permiso, que deberá ser debidamente justificado, se resolverá, en el plazo máximo de cinco días hábiles, por los órganos competentes en materia de personal, de acuerdo con lo previsto en el citado Decreto 208/1999, de 17 de noviembre.
