Articulo 2 Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València
Artículo 2. Ámbito
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1. El ámbito del Plan de acción territorial de Ordenación y Dinamización de la Huerta de València está integrado por dos zonas diferenciadas, recogidas en los planos de información: el ámbito estricto y el ampliado.
2. El ámbito estricto, que coincide con el determinado por la Ley 5/2018, de 6 de marzo, de la Generalitat, de la Huerta de València, es el suelo en situación básica rural dominado por el sistema de regadíos históricos de las Acequias del Tribunal de las Aguas de la Vega de València, la Real Acequia de Moncada, el Canal del Turia, Francos, Marjales y Extremales y las Huertas de elevado valor patrimonial ubicadas entre las poblaciones de Picanya, Paiporta, Torrent y Catarroja.
El ámbito estricto afecta a 40 municipios. Estos son: Alaquàs, Albal, Albalat dels Sorells, Alboraia, Albuixech, Aldaia, Alfafar, Alfara del Patriarca, Almàssera, Benetússer, Bonrepòs i Mirambell, Burjassot, Catarroja, Emperador, Foios, Godella, la Pobla de Farnals, Llocnou de la Corona, Manises, Massalfassar, Massamagrell, Massanassa, Meliana, Mislata, Moncada, Museros, Paiporta, Paterna, Picanya, Puçol, el Puig de Santa Maria, Quart de Poblet, Rafelbunyol, Rocafort, Sedaví, Tavernes Blanques, Torrent, València, Vinalesa y Xirivella. En este ámbito se plantean áreas de protección de Huerta y de los espacios de valor natural, así como las conexiones ecológicas y funcionales necesarias para conformar la infraestructura verde del área metropolitana de València.
3. El ámbito ampliado corresponde a los municipios afectados por los grandes corredores de conexión ecológica y territorial que ponen en contacto la Huerta con otros lugares del entorno que presentan valores medioambientales significativos. Además de los municipios incluidos en el ámbito estricto se incluyen los siguientes municipios: Alcàsser, Beniparrell, Picassent y Silla.
4. En el ámbito estricto son de aplicación todas las determinaciones del Plan de acción territorial, mientras que en el ámbito ampliado solo lo son las relativas a los corredores de conexión.
