Articulo 2 Plan de Contro... de Aragón

Articulo 2 Plan de Control y Tutela financiera de las Administraciones Locales de Aragón

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Los trabajos podrán consistir en las siguientes actuaciones:

a) Tutela financiera que comprende el análisis de los expedientes referidos a presupuestos, liquidación, ordenanzas fiscales, operaciones de crédito y ejercicio de competencias de las Entidades Locales aragonesas y funcionamiento de sus servicios.

b) Tutela sobre disposición de bienes que incluirá el análisis de todos los expedientes tramitados y de todos los actos de disposición de bienes y derechos de las corporaciones locales, así como de sus ordenanzas reguladoras.

c) Comprobación de actos y acuerdos que incluyen las resoluciones de órganos unipersonales y acuerdos de órganos colegiados relativos a contratos, personal, subvenciones, organización y funcionamiento, y cualquiera otras que sean necesarias para la comprobar la efectividad de la aplicación de la legislación autonómica.