Articulo 2 Plan de Inspección en materia de Servicios Sociales en Navarra
Segundo.-Objetivos.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1.º Velar por que las personas destinatarias de los servicios sociales reciban una atención adecuada a sus necesidades y de calidad, de conformidad con la normativa vigente.
2.º Vigilar el respeto a los derechos de las personas destinatarias de los servicios sociales, derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico vigente, en especial de los derechos específicos de las personas usuarias de centros residenciales.
3.º Asesorar a los centros y servicios sobre el cumplimiento de la normativa vigente y sobre aspectos relativos a una atención de calidad a las personas usuarias, en relación a los documentos que al respecto se elaboren en el Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, así como en relación a los requisitos materiales y funcionales que deben cumplir los mismos previstos en el Decreto Foral 92/2020, de 2 de diciembre, tras la modificación efectuada por el Decreto Foral 38/2023, de 5 de abril, así como en el resto de normativa que les sea de aplicación.
En este sentido, se asesorará especialmente sobre la necesidad de implantación de modelos de la Atención Centrada en la Persona (ACP) prevista en la normativa vigente y en las tres dimensiones previstas en el anexo III del Decreto Foral 92/2020.

