Articulo 2 Precios medios de venta 2015 de vehículos y embarcaciones aplicables en la gestión del ITPyAJD, ISD, Impuesto Especial sobre Medios de Transporte e Impuesto sobre Grandes Fortunas THG
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación.
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Los precios medios de venta, que se aprueban por medio de esta Orden Foral, serán utilizables como medios de comprobación a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte e Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas.
