Articulo 2 Presidencia de la Generalitat y Gobierno
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»Artículo 2. La presidencia de la Generalidad.
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1. El presidente o presidenta de la Generalidad ostenta la más alta representación de la Generalidad. Ostenta asimismo la representación ordinaria del Estado en Cataluña.
2. El presidente o presidenta de la Generalidad dirige y coordina la acción del Gobierno.
