Articulo 2 Presupuestos 2010 Rioja
Artículo 2. Aprobación del estado de gastos e ingresos.
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1. Para la ejecución de los programas de gastos integrados en los presupuestos de la comunidad autónoma recogidos en el párrafo a) del artículo anterior se aprueban créditos para atender el cumplimiento de sus obligaciones por un importe de 1.345.360.000,00 euros.
2. Se aprueba el presupuesto del Consejo Económico y Social de La Rioja por un importe de 346.191,00 euros, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
3. Se aprueba el presupuesto del Consejo de la Juventud por un importe de 136.000,00 euros, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
4. Se aprueba el presupuesto de la entidad pública empresarial Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja por un importe de 47.703.753,00 euros, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
5. Se aprueba el presupuesto de la entidad pública empresarial Agencia del Conocimiento y la Tecnología por un importe de 11.773.218,00 euros, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
6. Se aprueban los presupuestos de las sociedades públicas a las que se refiere el artículo 1.e), donde se incluyen las estimaciones de gastos y previsiones de ingresos referidas a las mismas.
7. Se aprueban los presupuestos de las fundaciones públicas que recogen sus estimaciones de ingresos y de gastos.
8. Se aprueba el presupuesto del Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de La Rioja por un importe de 4.785.367,00 euros, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
