Articulo 2 Presupuestos 2016 Extremadura

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Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente ley.

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1. En el estado de gastos del presupuesto de la Asamblea de Extremadura se aprueban créditos por un importe sin consolidar de 13.594.000 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

2. En el estado de gastos del presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura se aprueban créditos por un importe sin consolidar de 5.195.915.286 euros, que se financiarán:

a) Con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio 2016, que ascienden a 4.726.530.490 euros.

b) Con el importe de las operaciones de endeudamiento según lo establecido en el artículo 34 de esta ley.

3. En el estado de gastos del presupuesto del Consejo Económico y Social de Extremadura se aprueban créditos por un importe sin consolidar de 331.424 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

4. En el estado de gastos del presupuesto del Consejo de la Juventud de Extremadura se aprueban créditos por importe sin consolidar de 596.219 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

5. En el estado de gastos del presupuesto de Instituto de la Mujer de Extremadura se aprueban créditos por importe sin consolidar de 8.046.928 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

6. En el estado de gastos del presupuesto del Servicio Extremeño de Salud se aprueban créditos por un importe sin consolidar de 1.532.242.386 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

7. En el estado de gastos del presupuesto del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura se aprueban créditos por importe sin consolidar de 16.918.340 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

8. Los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados anteriores, por un importe consolidado de 5.197.428.064 euros, se distribuyen según el detalle del Anexo de esta ley. La agregación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente:

FUNCIÓN

EUROS

Administración General

139.807.894

Deuda Pública

380.023.696

Imprevistos y contingencias

5.000.000

Sanidad

1.550.101.891

Educación

1.016.192.181

Dependencia

301.023.551

Empleo

249.646.237

Promoción Social

144.630.686

Vivienda

48.458.475

Cultura

56.298.556

Agricultura

716.172.356

Empresa

92.672.100

Innovación y Tecnología

105.851.340

Comercio y Turismo

41.379.594

Infraestructuras

350.169.507