Articulo 2 Presupuestos 2017 Canarias
Artículo 2. - De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo.
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1. Para la ejecución de los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 10.062.301.449 euros, de los cuales 2.761.703.261 euros corresponden a transferencias internas entre los citados entes, según la distribución por secciones, programas y capítulos detallada en el anexo 3 de esta ley. La agrupación por funciones de estos créditos, expresados en euros, es la siguiente:
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2. Estos créditos se distribuyen económicamente, entre los distintos entes y, expresados en euros, según el siguiente desglose:
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3. Los créditos aprobados en el apartado 1 del presente artículo, que ascienden a 10.062.301.449 euros, se financiarán, según el detalle por subconceptos incluido en el anexo 3 de la presente ley, con:
a) Los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se estiman en 7.300.598.188 euros.
b) Las transferencias internas entre los distintos entes, que ascienden a 2.761.703.261 euros.
El desglose por entes y por capítulos económicos, expresado en euros, es el siguiente:
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