Articulo 2 Presupuestos 2017 Navarra
Artículo 2. Cuantía de los créditos y de los derechos económicos.
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1. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los Presupuestos mencionados en el artículo anterior, se aprueban créditos por un importe consolidado de 4.061.878.789 euros.
2. En los estados de ingresos de los Presupuestos referidos en el artículo anterior se contienen las estimaciones de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio presupuestario, por un importe consolidado de 4.061.878.789 euros.
3. El límite de gasto no financiero regulado en el artículo 34 de la Ley Foral 13/2007 de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra asciende a 3.731.453.266 euros.
4. A efectos del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, el límite de gasto no financiero de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, una vez descontado el Fondo de Haciendas Locales queda establecido en 3.524.293.603 euros.
