Articulo 2 Presupuestos 2019 Canarias
Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo.
1. Para la ejecución de los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 11.897.304.291 euros, de los cuales 3.097.573.036 euros corresponden a transferencias internas entre los citados entes, según la distribución por secciones, programas y capítulos detallada en el anexo 3 de esta ley. La agrupación por funciones de estos créditos, expresados en euros, es la siguiente:
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2. Estos créditos se distribuyen económicamente, entre los distintos entes y, expresados en euros, según el siguiente desglose:
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3. Los créditos aprobados en el apartado 1 del presente artículo, que ascienden a 11.897.304.291 euros, se financiarán, según el detalle por subconceptos incluido en el anexo 3 de la presente ley, con:
a) Los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se estiman en 8.799.731.255 euros.
b) Las transferencias internas entre los distintos entes, que ascienden a 3.097.573.036 euros.
El desglose por entes y por capítulos económicos, expresado en euros, es el siguiente:
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