Articulo 2 Presupuestos 2024 de Aragón
Artículo 2. Beneficios fiscales y actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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1. Los beneficios fiscales de los impuestos cedidos, regulados y gestionados por la Comunidad Autónoma de Aragón ascienden a 342.098.000 euros. De tales beneficios fiscales, 22.700.000 euros corresponden al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, 4.840.000 euros a las deducciones de la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y 314.558.000 euros al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
2. Los beneficios fiscales derivados de las medidas normativas de competencia del Estado ascienden a 1.474.750.000 euros. De los mismos, 281.690.000 euros corresponden al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 234.420.000 euros al Impuesto sobre el Patrimonio, 829.060.000 euros al Impuesto sobre el Valor Añadido, 14.020.000 euros al Gravamen especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas, 114.480.000 euros a los Impuestos especiales de fabricación y 1.080.000 euros al Impuesto especial sobre Determinados Medios de Transporte.
3. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y en el texto refundido de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, las cuantías de las tasas no experimentarán con carácter general incremento alguno para el ejercicio presupuestario.
