Articulo 2 Presupuestos Generales para 2023 de Canarias
Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo.
1. Para la ejecución de los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 15.087.390.261 euros, de los cuales 4.028.188.636 euros corresponden a transferencias internas entre los citados entes, según la distribución por secciones, programas y capítulos detallada en el anexo 3 de esta ley. La agrupación por funciones de estos créditos, expresados en euros, es la siguiente:
RESUMEN DE GASTOS POR ENTE/FUNCIÓN
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF EN EL BOLETIN DE CANARIAS NÚMERO 257 DE 31 DE DIECIEMBRE DE 2022).
2. Estos créditos se distribuyen económicamente entre los distintos entes, y expresado en euros, según el siguiente desglose:
RESUMEN DE GASTOS POR ENTE/CAPÍTULO
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF EN EL BOLETIN DE CANARIAS NÚMERO 257 DE 31 DE DIECIEMBRE DE 2022).
3. Los créditos aprobados en el apartado 1 del presente artículo, que ascienden a 15.087.390.261 euros, se financiarán, según el detalle por subconceptos incluido en el anexo 3 de la presente ley, con:
a) Los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se estiman en 15.087.390.261 euros.
b) Las transferencias internas entre los distintos entes, que ascienden a 4.028.188.636 euros.
El desglose por entes y por capítulos económicos, expresado en euros, es el siguiente:
RESUMEN DE INGRESOS POR ENTE/CAPÍTULO
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF EN EL BOLETIN DE CANARIAS NÚMERO 257 DE 31 DE DIECIEMBRE DE 2022).

