Artículo 2 Presupuestos G...de Navarra

Artículo 2 Presupuestos Generales para el año 2026 de Navarra

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Artículo 2. Cuantía de los créditos y de los derechos económicos.

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1. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los Presupuestos mencionados en el artículo anterior, se aprueban créditos por un importe consolidado de 6.741.514.953 euros, cuyo desglose por capítulos económicos se recoge en el Anexo I de esta ley foral.

2. En los estados de ingresos de los Presupuestos referidos en el artículo anterior se contienen las estimaciones de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio presupuestario, por un importe consolidado de 6.741.514.953 euros, cuyo desglose por capítulos económicos se recoge en el Anexo I de esta ley foral.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el límite de gasto no financiero como resultado de la suma de ingresos no financieros, ajustes de contabilidad nacional y límite de déficit, una vez descontado el Fondo de Haciendas Locales y la aportación económica al Estado, queda establecido en 5.041.659.452 euros.