Articulo 2 de Procedimiento para el pago de tasas a través de tarjetas de crédito o débito en las oficinas de la Jefatura Central de Tráfico
Ver Indice
»Segundo. Pago de tasas en las oficinas de los organismos administrativos gestores con tarjetas de crédito o débito.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Autorizar a los obligados al pago de cualquiera de las tasas exigibles por el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico a efectuar el ingreso de dichas tasas mediante tarjetas de crédito o débito en cualquiera de las oficinas físicas del Organismo Autónomo establecidas en el territorio español, así como a través de su «oficina virtual 060».
