Articulo 2 Proceso selectivo para el acceso a inspector principal de la Policía Local
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Articulo 2 Proceso selectivo para el acceso a inspector principal de la Policía Local

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2. Requisitos de las personas aspirantes.

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2.1. Las personas interesadas en participar en este proceso por el sistema de promoción interna deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a de carrera del cuerpo en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas.

b) Tener en propiedad la categoría de inspector/a del cuerpo en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas y estar en servicio activo en dicha categoría.

c) Contar con un mínimo de tres años continuados de servicio activo en la categoría de inspector/a, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, así como los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviera la consideración de personal funcionario en prácticas.

d) Estar en posesión del título universitario de grado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.

e) No haber sido sancionado/a por falta grave o muy grave, o tenerlas canceladas.

2.2. Las personas interesadas en participar en este proceso, en el turno de movilidad, deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título universitario de grado.

b) Tener en propiedad, la categoría de inspector/a principal en otros cuerpos de la Policía local de la Comunidad Autónoma de Galicia, y estar en servicio activo en dicha categoría.

c) Contar con un mínimo de tres años continuados de servicios en la categoría de inspector/a principal, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, así como los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviera la consideración de personal funcionario en prácticas.

2.3. Las personas interesadas en participar en este proceso en el turno de concurso-oposición recogido en la letra c) de la base 1.4 deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a de carrera del cuerpo en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas.

b) Tener en propiedad a categoría de inspector/a o de oficial del cuerpo en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas y estar en servicio activo en dicha categoría.

c) Contar con un mínimo de seis años continuados de servicio activo en la categoría de inspector/a o de oficial, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, así como los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviera la consideración de personal funcionario en prácticas.

d) Estar en posesión del título universitario de grado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.

e) No haber sido sancionado/a por falta grave o muy grave, o tenerlas canceladas.

2.4. Las personas interesadas en participar en este proceso en el turno de concurso-oposición recogido en la letra d) de la base 1.4 deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a de carrera del cuerpo de Policía local de un ayuntamiento gallego.

b) Tener en propiedad a categoría de inspector/a en dicho cuerpo y estar en servicio activo en dicha categoría.

c) Contar con un mínimo de seis años continuados de servicio activo en la categoría de inspector/a, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, así como los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviera la consideración de personal funcionario en prácticas.

d) Estar en posesión del título universitario de grado.

e) No haber sido sancionado/a por falta grave o muy grave, o tenerlas canceladas.