Articulo 2 Proceso select...de oficial

Articulo 2 Proceso selectivo de acceso por promoción interna y el proceso de provisión por movilidad en los cuerpos de policía local, escala básica, categoría de oficial

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2. Requisitos de las personas aspirantes.

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2.1. Las personas interesadas en participar en el proceso de acceso por promoción interna deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la toma de posesión como personal funcionario los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Haber cumplido los 18 años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título oficial de bachiller o técnico. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona fue separada o inhabilitada.

Será aplicable, no obstante, el beneficio de la rehabilitación conforme a las normas penales y administrativas, que la persona aspirante deberá acreditar mediante el correspondiente documento oficial.

f) Carecer de antecedentes penales por delito doloso.

g) Ser funcionario/a de carrera del cuerpo de policía local en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo III en la enumeración de las plazas ofertadas.

h) Tener en propiedad la categoría de policía del cuerpo de policía local en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo III en la enumeración de las plazas ofertadas.

i) Estar en servicio activo en la categoría de policía.

j) Tener una antigüedad mínima de tres años continuados en la categoría de policía. Para su cómputo se tendrán en cuenta los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviese la consideración de personal funcionario en prácticas, así como los períodos durante los que se encontrase en situación de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia.

2.2. Las personas interesadas en participar en el proceso de provisión por movilidad deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo en la categoría de oficial.

b) Tener una antigüedad mínima de tres años en la categoría de oficial.

c) Llevar más de tres años de tiempo efectivo y continuado en el actual destino.

d) No encontrarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo los casos de segunda actividad por embarazo o lactancia.

e) Estar en posesión del título de bachiller o técnico. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.