Artículo 2 promoción de l...tectónicas

Artículo 2 promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas

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Artículo 2. Ámbito de aplicación.

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Están sometidas a la presente Ley todas las actuaciones en materia de urbanismo, edificación, transporte y comunicación que sean realizadas en Cataluña por cualquier Entidad pública o privada, así como por personas individuales.