Articulo 2 de Prórroga y ...2020 COVID

Articulo 2 de Prórroga y modificación de la Orden 1405/2020 COVID

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Segundo. Modificación de la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio

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Se introduce la siguiente modificación en la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 149, de 20 de junio):

Único.-Se añade un nuevo punto 17 al apartado séptimo, que queda redactado de la siguiente forma:

«17. Se recomienda realizar una ventilación adecuada de los espacios interiores de acuerdo con las guías oficiales y preferentemente con aire exterior.

En los edificios de uso público se aconseja lo siguiente:

- Proporcionar una ventilación adecuada de los espacios con aire exterior.

- Renovar el aire de las dependencias a través de su ventilación natural o mecánica.

En los domicilios se aconseja lo siguiente:

- Renovar el aire con ventilación natural.

- Ventilar diariamente todas las estancias.

- Abrir ventanas al menos 15 minutos al entrar a una habitación, sobre todo cuando la han utilizado otras personas».