Articulo 2 Provisión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por funcionarios interinos, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación
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La Comunidad de Madrid ejercerá las competencias que le corresponden respecto de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para efectuar nombramientos interinos en los puestos reservados a funcionarios de Administración Local, con habilitación de carácter nacional, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid.
