Artículo 2 Real Decreto-...ente Medio

Artículo 2. Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio

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Artículo 2. Incremento de la cuantía de la ayuda mínima por beneficiario del bono social térmico.

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Se modifica el apartado 3 del anexo I por el que se establece la metodología para el cálculo de la cuantía de la ayuda del Bono Social Térmico del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, que pasa a tener la siguiente redacción:

«3. La ayuda mínima por beneficiario será de 50 euros.

La ayuda para un consumidor vulnerable en la zona climática «i» se calculará conforme a la siguiente fórmula:

Donde:

i = zona climática comprendida entre los valores ? y E.

SCIi = valor medio del rango de SCI para la zona climática "i".

En el caso de la zona ?, se utilizará una SCI=0.

En el caso de la zona E, se utilizará una SCI=1,51.

SCIA = valor medio del rango de SCI para la zona climática A.

? = coeficiente a calcular en función de la disponibilidad presupuestaria anual, siendo siempre a > 0.»