Articulo 2 Reducción de jornada del personal funcionario
Ver Indice
»Artículo 2. Tipos de reducción de la jornada.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La reducción de la jornada regulada en este decreto foral será de un octavo, un sexto, un cuarto, un tercio, dos quintos, un medio, o de dos tercios de su duración, de conformidad con lo dispuesto en los artículos siguientes.
Modificaciones
- Artículo modificado (2) por DECRETO FORAL 72/2017, de 23 de agosto, por el que se modifica el Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, por el que se regula la reducción de la jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 31-08-2017) en vigor desde 01-09-2017
