Articulo 2 Reglamento del Consejo de Ordenación del Territorio
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»Artículo 2. Naturaleza
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El Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón es el órgano colegiado de tipo representativo y con funciones consultivas dispuesto para la coordinación de los intereses territoriales públicos y privados que confluyen en el territorio de la Comunidad Autónoma.
