Articulo 2 Reglamento mar... de Aragón

Articulo 2 Reglamento marco de organización de las Policías Locales de Aragón

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Artículo 2.

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Los Cuerpos de Policía Local, como pertenecientes a las fuerzas de seguridad, son institutos armados y uniformados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada, bajo la superior jefatura del Alcalde respectivo.