Articulo 2 Reglamento penitenciario
Ver Indice
»Artículo 2. Fines de la actividad penitenciaria.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La actividad penitenciaria tiene como fin primordial la reeducación y reinserción social de los sentenciados a penas y medidas de seguridad privativas de libertad, así como la retención y custodia de los detenidos, presos y penados y la asistencia social de los internos, liberados y de sus familiares.
