Articulo 2 Reglamento sobre estructura, organización y funcionamiento de la atención sanitaria
Artículo 2. Funciones de los servicios sanitarios.
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2.1. Las funciones generales de los servicios sanitarios en la Comunitat Valenciana son:
Funciones de atención sanitaria
Promoción de la salud.
Prevención de las enfermedades mediante la intervención en los factores de riesgo.
Detección precoz de las patologías de mayor incidencia y prevalencia.
Diagnóstico y tratamiento de la patología somática y psíquica en los diferentes ámbitos de actuación, basándose en los protocolos previamente establecidos incluyendo los cuidados a pacientes terminales.
Rehabilitación física, psíquica y funcional tanto en procesos agudos como en situaciones de cronicidad a fin de mejorar la autonomía del paciente.
Funciones de gestión
Optimización de los recursos disponibles para garantizar una adecuada atención sanitaria.
Coordinación entre todos los recursos sanitarios, así como con los dispositivos de salud pública, los servicios sociales y la inspección de servicios sanitarios entre otros.
Cumplimentación de aquellos registros básicos que permitan emitir el conjunto de datos solicitados en los sistemas de información sanitaria para la planificación y gestión de los servicios de salud.
En general, todas las funciones administrativas y de gestión que se deriven de la asistencia y cuantas funciones sean precisas para el desarrollo de los planes de salud del departamento.
Funciones médico-legales determinadas por la legislación vigente.
Funciones de formación, docencia e investigación.
