Articulo 2 Seguridad Pública

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Artículo 2. Sistema de seguridad pública.

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Integran el sistema de seguridad pública de Navarra las instituciones y autoridades de la Comunidad Foral con competencia en la materia, los cuerpos policiales y demás servicios, públicos de seguridad, así como los órganos de coordinación y participación en materia de seguridad.

Igualmente participan del sistema de seguridad pública de Navarra los servicios privados de seguridad en los términos contenidos en la presente Ley Foral y conforme a lo que disponga la normativa que los regula.