Articulo 2 Selección para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional
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»Artículo 2. Provisión de puestos reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional mediante nombramiento interino.
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Los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán ser provistos, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, mediante la provisión interina, cuando concurran aquellos supuestos en los que no fuese posible la provisión de los puestos reservados por personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
