Artículo 2 de simplificación administrativa de la Generalitat
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación
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Este título de la ley es aplicable a:
a) La Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, en los términos que establece el presente título.
b) Los entes que integran la Administración local, en los términos que establece el presente título.
