Artículo 2 de simplificación administrativa y transformación digital del Consell de la Comunitat Valenciana
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación
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1. Este decreto se aplica a la Administración y al sector público instrumental de la Generalitat en los términos establecidos en este.
2. Asimismo, los artículos 8 y 9 se aplican a las instituciones de autogobierno de la Generalitat.
3. Por último, la presente norma se dirige a las personas físicas y jurídicas en sus relaciones por medios electrónicos con la Administración y el sector público instrumental de la Generalitat.
