Articulo 2 Sistema de col...-Derogada-

Articulo 2 Sistema de colaboración de los Circuitos Escénicos -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 2. Circuitos Escénicos de Castilla y León.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Circuitos Escénicos de Castilla y León es un sistema de colaboración entre las entidades que se recogen en el artículo 4 y la Consejería competente en materia de cultura, para llevar a cabo la programación y desarrollo conjunto de espectáculos de artes escénicas y musicales en el ámbito territorial de cada una de las provincias de Castilla y León, con arreglo a las normas previstas en esta orden.

Dicho sistema de colaboración se desarrollará a través de los correspondientes convenios entre la Consejería competente en materia de cultura y las entidades integradas para la organización de la programación anual de los Circuitos Escénicos de Castilla y León.