Articulo 2 TR Ley de Hacienda

Articulo 2 TR. Ley de Hacienda

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Artículo 2. La Hacienda Pública de Castilla-La Mancha.

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1. Constituye la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad tenga atribuida la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus instituciones de autogobierno tienen el mismo tratamiento fiscal que la Ley otorga al Estado. En la gestión de sus derechos económicos y en el cumplimiento de sus obligaciones goza de las mismas prerrogativas reconocidas por las Leyes al Estado.