Articulo 2 TR. Ley de Prevención Ambiental
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»Artículo 2. Principios.
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Los principios en los que se fundamenta la presente ley y que rigen la actuación administrativa y la aplicación de la misma son los siguientes:
a) La protección del medio ambiente y su promoción para la consecución del derecho a disfrutar de una adecuada calidad ambiental.
b) El favorecimiento de un desarrollo sostenible mediante un sistema de intervención administrativa ambiental que armonice el desarrollo económico con la protección del medio ambiente.
c) La agilización e integración de los procedimientos administrativos garantizando la colaboración y coordinación de las Administraciones públicas que deban intervenir.
