Articulo 2 Uso del fuego en suelo no urbanizable para prevención de incendios forestales
Artículo 2. Declaración de zonas de riesgo.
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1. En consonancia con el artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) número1305/2013 y (UE) número 1307/2013 y tomando en consideración los diferentes sistemas forestales y su distribución espacial, los espacios y las especies, los modelos de combustible, la frecuencia y virulencia de los incendios forestales y los usos del territorio, se declaran la totalidad de los terrenos forestales de la Comunidad Foral de Navarra y sus áreas colindantes como zonas de riesgo medio de incendios forestales.
2. Desde el punto de vista de la protección civil y, tomando en consideración tanto el análisis del peligro de incendio forestal como las posibles consecuencias de los incendios forestales en función de los elementos vulnerables expuestos al fenómeno de incendios forestales; personas, bienes y medio ambiente, el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales en la Comunidad Foral de Navarra (INFONA 2022) establece unos municipios de alto riesgo en los que se deberá elaborar con carácter obligatorio un Plan de Actuación Municipal ante el riesgo de incendios forestales (PAMIF) y otros en los que debido a sus valores de vulnerabilidad la elaboración de estos planes de ámbito local se considera recomendable.
- Artículo modificado (2) por ORDEN FORAL 118E/2023, de 17 de mayo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden Foral 222/2016, de 16 de junio, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, de regulación del uso del fuego en suelo no urbanizable para la prevención de incendios forestales.
(NA de 22-05-2023) en vigor desde 22-05-2023

