Articulo 2 Vías pecuarias

Articulo 2 Vías pecuarias

Ver Indice
»

Artículo 2. Naturaleza jurídica de las vías pecuarias.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las vías pecuarias son bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalineables, imprescriptibles e inembargables.