Articulo 20 14 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
Artículo 20.1-4. Cuota.
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La cuota por cada hecho imponible establecido por el artículo 20.1-1 es:
1. Hecho imponible 1: 220,20 euros.
2. Hecho imponible 2: 37,70 euros.
3. Hecho imponible 3:
3.1 Por ficha de aceptación de residuos: 55,85 euros.
3.2 Por hoja de seguimiento: 3,55 euros.
3.3 Por hoja de seguimiento itinerante: 3,55 euros.
3.4 Por hoja de importación de expedición de transportes transfronterizos de residuos: 100,85 euros.
3.5 Por justificante de recepción de residuos: 1,20 euros por hoja unitaria.
4. (Derogado)
5. Cuando los servicios a que se refiere el apartado 3 del artículo 20.1-1 se tramitan por medios electrónicos, se aplica una bonificación del 100% de la cuota que corresponda según los apartados anteriores.
| NOTAS: En relación con las bonificaciones en las tasas de la Agencia de Residuos de Cataluña, - se aplica una bonificación del 100% de la cuota que corresponda en el caso del servicio a que hace referencia el apdo. 2 del artículo 20.1-1 que se tramite por medios electrónicos; - se aplica una bonificación del 100% de la cuota que corresponda cuando los servicios a que hace referencia el apdo. 3 del artículo 20.1-1 se tramite por medios electrónicos. |
- Modificación realizada (20.1-4 (apdo. 5)) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(GC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Modificación realizada (20.1-4 (bonificación de cuotas)) por DECRETO LEY 11/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19 y otras complementarias.
(GC de 09-04-2020) en vigor desde 09-04-2020 - Modificación realizada (20.1-4 (apdo. 4, se deroga; apdo. 5, se modifica)) por LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
(GC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017 - Modificación realizada (20.1-4) por LEY 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
(GC de 13-03-2015) en vigor desde 14-03-2015 - Modificación realizada (20.1-4.) por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 02-09-2014 - Artículo modificado por LEY 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.
(GC de 23-03-2012) en vigor desde 24-03-2012
