Articulo 20 Acción exteri...ón Europea

Articulo 20 Acción exterior y de relaciones con la Unión Europea

Ver Indice
»

Artículo 20. Participación en las instituciones y órganos de la Unión Europea

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Generalidad participa en las delegaciones del Estado ante la Unión Europea que traten asuntos relativos a materias en las que la Generalidad tiene competencia legislativa, en especial ante el Consejo y ante los órganos consultivos y preparatorios del Consejo y de la Comisión.

2. La Generalidad puede participar en el Comité de las Regiones.