Articulo 20 Acción exterior y de relaciones con la Unión Europea
Ver Indice
»Artículo 20. Participación en las instituciones y órganos de la Unión Europea
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La Generalidad participa en las delegaciones del Estado ante la Unión Europea que traten asuntos relativos a materias en las que la Generalidad tiene competencia legislativa, en especial ante el Consejo y ante los órganos consultivos y preparatorios del Consejo y de la Comisión.
2. La Generalidad puede participar en el Comité de las Regiones.
