Articulo 20 Apoyo a las f... I Balears

Articulo 20 Apoyo a las familias de I. Balears

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Artículo 20. Ayudas por parto múltiple o adopción

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El Gobierno de las Illes Balears garantizará anualmente la convocatoria de ayudas destinadas a dar apoyo a las familias con hijos o hijas nacidos de partos múltiples o procedentes de adopción, con la finalidad de colaborar en los gastos extraordinarios provocados por estas circunstancias. Estas ayudas no tienen carácter subvencional.