Articulo 20 el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Historico de Bizkaia, en materia de revision en via administrativa
Ver Indice
»Artículo 20. Interposición del recurso
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En el escrito de interposición se formularán las alegaciones tanto sobre cuestiones de hecho como de derecho. A dicho escrito se acompañarán los documentos que sirvan de base a la pretensión que se ejercita.
2. La suspensión del acto impugnado se regirá por lo dispuesto en el capítulo I del título V de este Reglamento.
