Articulo 20 Armonización ...e Cataluña

Articulo 20 Armonización del Código civil de Cataluña

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Artículo 20. Modificación del artículo 564-3

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Se modifica la letra a del apartado 2 del artículo 564-3 del Código civil de Cataluña, que queda redactada del siguiente modo.

«a) La duración del derecho de superficie, que no puede superar en ningún caso los noventa y nueve años.»