Articulo 20 Declaracion del Parque Natural del Montgri, les Illes Medes i el Baix Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral
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»Artículo 20. Gestión consorciada
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El departamento competente en materia de medio ambiente puede impulsar la constitución de un consorcio para abordar la gestión del espacio con los entes locales y otros departamentos u organismos de la Generalidad o del Estado concernidos, con la participación de las entidades representativas de los sectores sociales interesados.
