Articulo 20 desarrollo parcial de la Ley 16/1985 -Patrimonio Histórico Español-
Ver Indice
»Artículo 20.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La certificación del Real Decreto por el que queda sin efecto la declaración de monumento o de jardín histórico será título suficiente para la cancelación de la correspondiente inscripción en el Registro de la Propiedad.
