Articulo 20 establecimiento de un regimen comunitario de franquicias aduaneras
Ver Indice
»Artículo 20
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las disposiciones contenidas en los artículos 17, 18 y 19 serán aplicables, mutatis mutandis, a los bienes personales recibidos por vía de sucesión testamentaria por personas jurídicas que ejerzan una actividad sin fines lucrativos y estén establecidas en el terri torio aduanero de la comunidad.
