Articulo 20 Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
- Norma vigente hasta el 1 de junio de 2025, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición transitoria del Decreto 93/2025, de 29 de abril, en relación con el art. 12.2 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. - DECRETO 93/2025, de 29 de abril, por el que se aprueban los estatutos de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
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»Artículo 20. Régimen patrimonial y de contratación.
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1.- El régimen aplicable a los bienes y derechos cuya titularidad ostente el organismo, así como a los que le sean adscritos, se adecua a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Euskadi, aprobada por Decreto Legislativo 2/2007 de 6 de noviembre.
2.- El régimen general de la contratación y adquisición de bienes y servicios necesarios para el ejercicio de las funciones de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo será el establecido en la normativa sobre contratación pública para los poderes adjudicadores que tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de la legislación de Contratos del Sector Público.
