Articulo 20 Exigencias bá...lojamiento

Articulo 20 Exigencias básicas de diseño y calidad en edificios de vivienda y alojamiento

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Artículo 20. Exigencias de habitabilidad: ventilación.

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1. En el edificio de viviendas y en el edificio para alojamiento se preverán las soluciones arquitectónicas o los dispositivos que permitan una renovación periódica del aire interior, así como la extracción del aire viciado, humos procedentes de la combustión, gases densos u otros.

2. Todos los espacios de la vivienda y de la unidad de alojamiento deberán contar con ventilación natural, pudiendo dispensarse ésta en espacios para circulación, almacenamiento e higiene personal.

3. En la orden de desarrollo de la presente disposición se expresarán las condiciones y parámetros cuyo cumplimiento asegure la satisfacción de estas exigencias.