Artículo 20 Hacienda de l... de Madrid

Artículo 20 Hacienda de la Comunidad de Madrid

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Artículo 20. Principio de presupuesto anual.

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La Hacienda Pública está sometida al régimen de presupuesto anual aprobado por la Asamblea.

El presupuesto de la Comunidad de Madrid será único, por programas con indicación de objetivos de actuación, e incluirá la totalidad de los ingresos y gastos del sector público autonómico. No se incluirán en el presupuesto de la Comunidad de Madrid los ingresos y gastos de las universidades públicas, ni los de sus entes dependientes.