Artículo 20. Ley 9/1994, de 29 de junio, Cataluña, Reforma de la legislación relativa a la función pública de la Generalidad de Cataluña
- Norma derogada desde el 31 de marzo de 2017. - Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
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»Artículo 20. Adición de dos apartados al artículo 38.
Derogado
Se añaden dos nuevos párrafos al artículo 38 de la Ley 17/1985, con el siguiente texto:
«Excepcionalmente, si lo requiere la efectividad del proceso selectivo y se precisan determinados conocimientos específicos o técnicas administrativas para el buen funcionamiento de los servicios, la Escuela de Administración Pública puede realizar, mediante convocatoria, fases de formación previas a la selección, de acuerdo con lo que se determine por reglamento.
A efectos del presente artículo, la Escuela de Administración Pública puede establecer convenios con otros centros para la realización de estas fases de formación.»

